Aviso importante. La Sección Consular permanecerá cerrada el 21 de octubre con motivo del Día de las Fuerzas Armadas de Honduras. Las citas se reanudan el 22 de octubre.
Aviso importante. La Sección Consular permanecerá cerrada los días 2 y 9 de noviembre por festivos de la Comunidad de Madrid.
Poderes
Carta Poder, Poder General y Poder Especial
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Carta Poder
Trámites administrativos ante una sola institución.
USD 50 · Vigencia de 6 mesesVer requisitosPoder General
Facultades amplias: múltiples asuntos, administración de bienes y procesos judiciales.
USD 150Ver requisitosPoder Especial
Facultades limitadas para una gestión concreta.
USD 200Ver requisitosGuía rápida
Preguntas frecuentes
¿Cuál es la diferencia entre una Carta Poder y un Poder?
La Carta Poder sirve para trámites administrativos ante una sola institución (por ejemplo, un banco). Un Poder (General o Especial) es un documento notarial con mayor alcance, para varias instituciones, actos jurídicos y administración de bienes.
¿Puedo representar a un menor o tener su guarda y cuidado con una Carta Poder?
No. La representación o la guarda y cuidado de un menor solo se puede otorgar mediante un Poder General o un Poder Especial.
¿Y entre un Poder General y un Poder Especial?
El Poder General da facultades amplias para múltiples asuntos, administración de bienes y procesos judiciales. El Poder Especial da facultades limitadas para una gestión concreta.
¿Puedo comprar o vender con una Carta Poder?
No. Para comprar, vender, tramitar un divorcio o hacer trámites en tribunales, se requiere un Poder Especial o un Poder General.
¿Qué es el borrador del poder?
Es el texto del poder redactado por un abogado o notario en Honduras. Debes enviarlo por correo a info@consuladohondurasmadrid.es antes de tu cita. Aplica al Poder General y al Poder Especial, no a la Carta Poder.
