Inscripciones de Nacimiento

Se entiende por nacimiento o alumbramiento, el momento en el que una persona tiene vida propia, independiente fuera del seno materno.

Los nacimientos ocurridos en el extranjero de personas cuyo padre o madre sean hondureños, se asentarán en los Consulados de Honduras en el extranjero. De acuerdo con la normativa vigente, los nacimientos ocurridos en el extranjero de personas cuyos padres sean hondureños deberán inscribirse en el Consulado de Honduras correspondiente hasta que el hijo/a cumpla los 21 años de edad. Una vez realizada la inscripción, se emitirá directamente en el consulado la partida de nacimiento hondureña.

Una vez se cuente con el certificado de nacimiento original extendido por el RNP en Consulado de Honduras en el Extranjero podrá realizar el trámite de pasaporte de su hijo menor de edad. (ver procedimiento para trámite de pasaporte) 

REQUISITOS

Inscripciones de Nacimiento  (Hasta los 21 años de edad)

1. Realizar cita en la plataforma citaconsular.sreci.gob.hn

2. Pasaporte vigente o DNI hondureño de los Padres del menor de edad a ser inscrito, traer una fotocopia clara y legible donde aparezcan los datos personales.  Uno de los padres puede realizar la Inscripción de Nacimiento, no hace falta llevar al menor de edad.

3. Certificado Literal de nacimiento debidamente Apostillado

Observación: El trámite lo puede realizar uno de los padres o abuelos,  no es necesario traer al menor de edad para realizar el procedimiento de inscripción. Para el pasaporte si será necesaria la presencia de los padres y el menor